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Miércoles de Ceniza -  18 de Febrero
Día de ayuno y abstinencia

El Miércoles de Ceniza1  es el primer día de la Cuaresma en los calendarios litúrgicos católico, protestante y anglicano. Se celebra cuarenta días antes del inicio de Semana Santa, es decir, del Domingo de Ramos. La ceniza es elaborada o extraída de los Ramos Benditos de la Semana Santa anterior, es decir, los del Domingo de Ramos, estos se incineran y de ahí sale la Santa Ceniza.


Antiguamente los judíos y otros pueblos de Oriente Próximo acostumbraban a cubrirse de ceniza cuando hacían algún sacrificio y los ninivitas también usaban la ceniza como gesto de arrepentimiento profundo. La Biblia menciona múltiples ocasiones y pueblos que utilizaban la ceniza en significado de duelo como en Mt 11:21.


En los primeros siglos de la Iglesia, las personas que querían recibir el Sacramento de la Reconciliación el Jueves Santo, se ponían ceniza en la cabeza y se presentaban ante la comunidad vestidos con un "hábito penitencial". Esto representaba su voluntad de convertirse.


En el año 384 d.C., la Cuaresma adquirió un sentido penitencial para todos los cristianos y desde el siglo XI, la Iglesia de Roma solía poner las cenizas al iniciar los 40 días de penitencia y conversión.


Las cenizas que se utilizan se obtienen quemando las palmas usadas el Domingo de Ramos del año anterior. De acuerdo a la Tradición, esto recuerda que lo que fue signo de gloria pronto se reduce a nada.


También, fue usado el período de Cuaresma para preparar a los que iban a recibir el Bautismo la noche de Pascua, imitando a Cristo con sus 40 días de ayuno.


La imposición de ceniza es una costumbre que recuerda a los que la practican que algún día vamos a morir y que el cuerpo se va a convertir en polvo.


La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno.


 http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P4M.HTM




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